Intervención
Criterios para iniciar la intervención
- El alumno estará incluido en la base de datos ATDI de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León, dentro del grupo alumnado con necesidades educativas especiales y, preferentemente, con la tipología principal de trastornos graves de la conducta.
- La Solicitud del intervención del EADC la llevará a cabo el director del Centro que la dirigirá al Director/a Provincial de Educación.
- Autorización de los padres. Es requisito imprescindible la autorización de padre y madre (tutores legales) por escrito, y el compromiso de colaboración en el proceso,
- La gravedad del caso.
- La edad cronológica del alumno.
- Infantil de 3 a 6 años.
- Educación primaria: de 6 a 11-12 años.
- Educación secundaria: de 12 a 16 años.
- Educación Especial: hasta 16 años.
- El número de alumnos por Centro. Se atenderá un máximo de 2 alumnos en fase de intervención y 1 en fase de seguimiento-generalización.
- La antigüedad de la demanda. Determinada por la entrada del expediente del alumno en el registro de entradas del EAC1.
- Cambio de centro. Cuando se produzca un cambio de centro educativo de un alumno que se encuentre en fase de intervención, el EAC1 esperará la solicitud del director del nuevo centro, que tendrá que enviar a la Dirección Provincial de Educación sin necesidad de cumplimentar nuevamente el expediente de incorporación. Consideramos necesario que haya pasado, al menos, un mes desde la incorporación al nuevo centro escolar. No obstante, en casos excepcionales y si se considera conveniente, se iniciará la intervención de forma inmediata.
- No interferir con otro tipo de actuaciones:
- No llevar a cabo actuaciones que sean propias de otros.
- No desarrollar actuaciones ya iniciadas por otros.
- Coordinarse con otros profesionales que trabajen con el alumno, dentro de los principios básicos de trabajo en red.
- Realizar adecuadas derivaciones, si el caso lo requiere.